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La SCJN realizará sesiones itinerantes en el país

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    MONITOR
  • 5 sept.
  • 3 Min. de lectura
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Redacción El Monitor


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) oficializó este jueves que, de manera excepcional, podrá realizar “sesiones itinerantes” en distintas partes del país y que dará prioridad a asuntos relacionados con comunidades indígenas y afromexicanas, el interés superior de los menores, juicios agrarios, derechos humanos, electorales y otros de alto impacto social.


En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la nueva integración del Pleno de la Corte publicó su reglamento interno de sesiones y un acuerdo clave sobre la atención de asuntos, con los que los nuevos ministros buscan reducir el rezago y agilizar la resolución de expedientes. Entre los cambios destacan la modificación de los días y formatos de sesión y, por primera vez, se pone reloj a los tiempos de exposiciones de los ministros.


“Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación es sensible al clamor de justicia y se prevé generar espacios que permitan que personas o grupos en situación de vulnerabilidad, Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y otros sectores, tengan acceso efectivo a la resolución de los asuntos, es por ello que se prevé la existencia de audiencias públicas que se podrán celebrar en un lugar distinto a las sedes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, señala el Reglamento de Sesiones de la SCJN y de integración de las listas de asuntos con proyecto de resolución.


Se establece que a partir de ahora, con base en la reforma judicial del 15 de septiembre del 2024, el Pleno sesionará de lunes a jueves, con reglas estrictas para agilizar debates, priorizar asuntos urgentes y garantizar máxima publicidad. Por primera vez, también se ordena que las sentencias de impacto social se difundan en formatos accesibles y, en casos de comunidades indígenas, se traduzcan a lenguas originarias.


“La reforma citada desaparecieron las Salas y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ahora únicamente funciona en Pleno, existe la necesidad de establecer reglas con el objeto de que las sesiones sean ágiles y sencillas, pero a su vez efectivas y transparentes frente al pueblo de México. Es por ello que debe priorizarse el debate, optimizando los tiempos de intervención en las sesiones”, destaca.


El calendario de trabajo contempla que los lunes y martes se discutan controversias y acciones de inconstitucionalidad, contradicciones de criterios y casos derivados de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; los miércoles se abordarán asuntos penales y civiles, mientras que los jueves corresponderán a materias administrativas y laborales.


Además, el reglamento abre la posibilidad de celebrar sesiones extraordinarias en territorio, incluso en comunidades indígenas y afromexicanas, para acercar la justicia a sectores vulnerables. Para ello, la Corte deberá establecer coordinarse “con las autoridades comunitarias a fin de respetar sus normas, costumbres y formas de organización”.


En el nuevo reglamento define que la exposición inicial de un proyecto estará limitada a 10 minutos para el ministro ponente, seguida de rondas de intervenciones: en la primera, cada ministra o ministro podrá hablar hasta 7 minutos, con derecho de réplica conjunta del ponente por 5 minutos; en la segunda, los turnos serán de 5 minutos y la respuesta del ponente de 3 minutos. De manera excepcional, podrán abrirse más rondas con tiempos fijados por la Presidencia. Con ello, se busca acotar los debates, evitar interrupciones y garantizar que, tras agotar las intervenciones, el Pleno someta el asunto a votación sin demoras innecesarias.


En paralelo, el Pleno emitió el Acuerdo General 1/2025, que regula la recepción, registro y turno de asuntos mediante un sistema automatizado, con el fin de garantizar trazabilidad, equidad y transparencia en la asignación de casos a cada ponencia. Este sistema sustituirá al anterior esquema manual y permitirá que los expedientes se sigan mediante un código QR.


Las ministras y ministros también definieron excepciones para turnar asuntos relacionados, como impugnaciones al mismo decreto o incidentes derivados de una sentencia previa, y ratificaron que el presidente de la Corte no recibirá controversias ni acciones de inconstitucionalidad.

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