Hasta 18 años de cárcel por ecocidio, plantea Javier Cruz
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El diputado Javier Cruz propuso aumentar las penas por daño grave, destrucción o pérdida significativa de ecosistemas, especies de flora o fauna, recursos naturales o equilibrio ambiental, así como por daños a la salud pública
Su iniciativa incorporaría nuevas modalidades y supuestos, como la contaminación por microplásticos, el manejo inadecuado de residuos electrónicos y la omisión de medidas de mitigación en proyectos de alto impacto ambiental
Incluye como delito la obstaculización, alteración o destrucción de sistemas de monitoreo ambiental, sensores, estaciones meteorológicas o equipos destinados a la vigilancia y prevención de riesgos ambientales
Redacción El Monitor
Toluca, México.- Para fortalecer la protección del medio ambiente, el diputado Javier Cruz Jaramillo (morena) propuso sanciones de hasta 18 años de prisión, con agravantes en casos como: cuando el delito de ecocidio provoque daños irreversibles o afecte ecosistemas estratégicos; ocurra en áreas naturales protegidas, zonas de recarga hídrica, humedales o corredores biológicos; o se vean afectadas especies en peligro de extinción o endémicas.
Además, la propuesta de reforma al Código Penal estatal establece las mismas sanciones en los casos en que se utilicen sustancias tóxicas que pongan en riesgo la salud humana; cuando la persona responsable sea servidora pública o actúe con abuso de autoridad; en situaciones de reincidencia, colusión empresarial o participación de grupos organizados; y cuando el daño ambiental cause afectaciones directas a comunidades indígenas o rurales.
La iniciativa puntualiza que cometerá el delito de ecocidio quien, de manera dolosa, ya sea por acción u omisión, realice cualquier acto que cause daño grave, destrucción o pérdida significativa de ecosistemas, especies de flora o fauna, recursos naturales o equilibrio ambiental, así como daños a la salud pública, en contravención a las disposiciones legales aplicables.
Actualmente, los delitos contra el ambiente se sancionan con dos a ocho años de prisión y de 30 a 150 días multa, y el planteamiento del legislador sugiere establecer penas de seis a 12 años de prisión y de 500 a 2 mil días multa. Adicional a esto, se propone que a las personas responsables de este delito se les añada una pena de hasta una mitad (seis años), lo que en suma representa 18 años.
Por otro lado, la pena de 12 años, también las sugiere para cuando las personas responsables obstaculicen, alteren o destruyan sistemas de monitoreo ambiental, sensores, estaciones meteorológicas o equipos destinados a la vigilancia y prevención de riesgos ambientales, en zonas de jurisdicción municipal o estatal.
Caso similar será para acciones como la contaminación por microplásticos, el manejo inadecuado de residuos electrónicos, el uso de sustancias químicas que afecten la fertilidad del suelo y la omisión de medidas de mitigación en proyectos de alto impacto.
En sesión deliberante, el legislador argumentó que el daño ambiental ocasionado por actos como la tala ilegal, la contaminación de cuerpos de agua, la emisión de contaminantes atmosféricos y la destrucción de áreas naturales protegidas tiene efectos prolongados y, en muchos casos, irreversibles, pues no solo afecta el equilibrio ecológico, sino que también genera riesgos directos para la salud humana y pérdidas económicas significativas.










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