Cumple TEEM con ordenamientos de Sala Regional Toluca del TEPJF
- MONITOR
- hace 37 minutos
- 2 Min. de lectura

Mayoría de magistraturas del TEEM manifestaron inconformidad con una sentencia de la instancia federal
Redacción El Monitor
Toluca, México. El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), atendiendo a lo ordenado por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), reiteró que la Síndico Municipal y otras personas servidoras públicas del Ayuntamiento de Teoloyucan no cometieron violencia política en razón de género en contra de la Sexta Regidora de dicha demarcación.
El Pleno resolvió que la exclusión de que fue objeto la edil, relacionada con convocatorias para asistir a las sesiones de instalación y trabajo de la comisión de Hacienda y Agua Potable, no tuvo como origen el género de la denunciante o que estuviera relacionada por considerar alguna representación negativa por ser mujer.
Este asunto, se resolvió por segunda ocasión, en cumplimiento con lo ordenado por la Sala Regional Toluca del TEPJF, sin embargo, hubo un pronunciamiento mayoritario de las magistraturas del TEEM, planteando su inconformidad con la sentencia emitida por dicha instancia federal, al coincidir que hubo un exceso de formalismo en el criterio adoptado.
La sentencia emitida por la Sala Regional Toluca del TEPJF relativa al juicio ciudadano número 307 y acumulados, de este año, señala la falta de claridad en la votación emitida por el Pleno el TEEM en este asunto, por lo que tres de las cinco magistraturas manifestaron su inconformidad al señalar que en la primera sentencia se especificó que el proyecto fue aprobado por mayoría, a pesar de que se omitió colocar que había existido un voto de calidad de la Presidencia de este Tribunal, lo cual consta en el acta de la sesión en que se desahogó este procedimiento especial sancionador, tal como lo hicieron valer los Magistrados y la Magistrada que intervinieron.
Dichas magistraturas, consideraron que, en todo caso, se debió requerir a este Tribunal, para dotar de elementos suficientes que hubieran permitido clarificar la votación al respecto, y reafirmaron que este resolutivo, como todos los que emite el Pleno del TEEM, está apegado al marco legal electoral. (PES/46/2025)
En la sesión pública de este día, el Pleno del TEEM resolvió dos procedimientos especiales sancionadores.











Comentarios