Crisis de salud mental en cuerpos de seguridad motiva propuesta de reformas legislativas
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Pide Nelly Rivera reforzar salud mental y bienestar de elementos de seguridad. Propuso reformas para establecer jornadas laborales adecuadas que permitan el descanso y la atención de la salud mental de este sector, mediante servicios psicológicos, psiquiátricos y de intervención en crisis.
Plantea que los elementos de las instituciones policiales se sumen como grupo de atención preferente en la detección y atención de problemas de salud mental por parte del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios.
Redacción El Monitor
Toluca ,México . Tras señalar que en 2024 se documentaron 116 suicidios policiales en el país -de los cuales casi la mitad ocurrieron dentro de las propias instalaciones o utilizando el arma de cargo-, la diputada Nelly Brigida Rivera Sánchez (morena) propuso reforzar la protección del bienestar de elementos de seguridad pública mediante jornadas que amplíen el descanso y la atención de su salud mental, a través de Unidades de Bienestar Psicosocial.
Al exponer su iniciativa de reforma a la Ley de Seguridad del Estado y a la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, subrayó que la dignidad y la eficacia deben ser las dos caras de la misma moneda, pues no es posible construir paz pública sobre el desgaste irreversible de quienes deben preservarla.
En sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, precisó que, entre 2012 y 2018, más de 8 mil 200 elementos reportaron trastornos mentales derivados de su labor y aclaró que la propuesta no pretende disminuir la exigencia profesional de las corporaciones, sino dotarlas de condiciones humanas mínimas para que su labor se ejerza con dignidad, eficacia y apego a los derechos humanos.
Al referir que, en el país, hay un esquema predominante de 24 horas de trabajo por 24 horas de descanso, el proyecto busca que en la Ley de Seguridad se incorpore el derecho de las y los integrantes de instituciones policiales, de procuración de justicia, del sistema penitenciario y demás órganos, dependencias y entidades encargadas de la seguridad pública del Estado y los municipios, a servicios de salud mental, psicológicos, psiquiátricos y de intervención en crisis, mediante una Unidad de Bienestar Psicosocial (unidad administrativa que se propone crear), dentro de los beneficios y prestaciones de seguridad social.
De aprobarse por el Pleno legislativo, estos servicios de atención psicológica y psiquiátrica tendrían carácter confidencial, oportuno y gratuito, a través de las Unidades de Bienestar Psicosocial, de manera continua, accesible y con perspectiva de género y de derechos humanos.
En ningún caso la solicitud, recepción o seguimiento de estos servicios podría utilizarse, por sí sola, como elemento de sanción, separación del cargo, evaluación negativa o determinación automática de no aptitud, sin perjuicio de las valoraciones técnicas y médicas que, en su caso, resulten procedentes.
Respecto a la jornada operativa diaria de las personas integrantes de las instituciones policiales -cuerpos de policía que realizan tareas de prevención, investigación, proximidad social, reacción, inteligencia, así como de vigilancia y custodia en establecimientos penitenciarios, centros de detención preventiva o de arraigo, y en general todas las instituciones encargadas de la seguridad pública del Estado y los municipios-, no podría exceder de 12 horas continuas efectivas.
Además, entre el término de una jornada y el inicio de la siguiente debería mediar, preferentemente, un periodo mínimo de 24 horas de descanso, cuando así lo permitan las necesidades del servicio; y en horarios rotatorios se deberá garantizar un descanso mínimo ininterrumpido de 12 horas entre turnos operativos.
El número máximo de horas de servicio operativo no debería exceder las horas semanales establecidas en los lineamientos y acuerdos que emitan la Secretaría, el Secretariado Ejecutivo y las instancias municipales, según la modalidad y disponibilidad operativa, incorporando criterios de salud ocupacional. También plantea la publicación de esquemas de turnos, guardias y descansos, así como garantizar rotaciones que minimicen la fatiga operativa.
El documento define como evento de alto impacto toda situación crítica en la que la integridad física o la vida de personas haya estado en riesgo directo; incidentes con víctimas mortales o graves; el uso de fuerza letal por parte del elemento; secuestro; agresión grave; desastre natural con intervención policial; o cualquier otro suceso que determine el protocolo técnico correspondiente de la Secretaría de Seguridad.
Toda persona integrante de las instituciones policiales que haya participado en un evento de alto impacto tendrá derecho, de forma obligatoria, a un periodo inicial de descompresión psicológica de al menos 72 horas laborales, con goce íntegro de sueldo.
La descompresión incluirá valoración por la Unidad de Bienestar Psicosocial; intervenciones de desescalamiento del estrés; terapia breve, cuando proceda; coordinación para reposo operativo y determinación clínica de seguimiento, así como cualquier otra medida que determine la Unidad o las instancias competentes. No podrá ser motivo de señalamiento, afectación en la evaluación de desempeño ni registro en expedientes disciplinarios.
Respecto a la Unidad de Bienestar Psicosocial, tendría como fin prevenir, detectar, canalizar, brindar atención primaria y dar seguimiento a la salud mental y emocional del personal, así como intervenir en crisis y atender problemáticas como estrés laboral, desgaste profesional, trauma psicológico y riesgo a la vida.
Estas unidades operarían con autonomía técnica respecto de las áreas de asuntos internos, Consejo de Honor y Justicia y procedimientos de control de confianza, sin perjuicio de la coordinación institucional necesaria. La atención brindada no podría utilizarse, por sí sola, como elemento de sanción, separación del cargo, evaluación negativa o exclusión en procesos de control de confianza, salvo disposición legal expresa y debidamente fundada.
Contarían con personal clínico titulado, con cédula profesional y capacitación en trauma y salud ocupacional; prestarían servicios de orientación, intervención breve, terapia, descompresión postevento, rehabilitación y seguimiento; además de mantener expedientes clínicos resguardados bajo régimen de confidencialidad médica.
También operarían con autonomía clínica respecto del Centro de Control de Confianza y de las unidades disciplinarias, sin que sus registros clínicos sean incorporados de oficio a procesos de depuración o certificación, salvo en casos de riesgo inminente de vida, entendido como peligro objetivo, real e inmediato para la integridad propia o de terceros.
Asimismo, atenderían riesgos de trabajo derivados del servicio policial, como trastornos de estrés postraumático, burnout o desgaste profesional, trastornos de ansiedad, depresivos, síndrome de adaptación y otras patologías derivadas de la exposición a hechos violentos, amenazas, jornadas extenuantes o uso de la fuerza.
Quedaría prohibido que los resultados clínicos, diagnósticos o expedientes de las Unidades de Bienestar Psicosocial se utilicen como prueba única para justificar separaciones, bajas o sanciones administrativas
En la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios se plantea que los elementos de las instituciones policiales se sumen a niñas, niños y adolescentes como grupo de atención preferente en materia de salud mental por parte del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios.
Durante la presentación de la iniciadora estuvieron presentes Jorge Alberto Ayón Monsalve, director general de Seguridad y Protección de Toluca; José Antonio Campa Arredondo, director de Desarrollo Policial del mismo municipio, y José Raúl Naveda López-Padilla, director del Instituto Mexiquense de Salud Mental y Adicciones.
