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Violencia será motivo de anulación de matrimonio en el Edoméx


La reforma promovida por el grupo parlamentaria del PRD contempla la acción de nulidad del matrimonio por violencia, la cual podrá deducirse sólo por parte del cónyuge agraviado dentro de un periodo de un año, desde que cesó la misma; anteriormente la ley solo contemplaba un lapso de hasta 60 días .


Cuando la violencia subsista al momento de demandar la nulidad, el juez dictará de forma oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar.



Redacción El Monitor


Toluca, México. Durante la sesión deliberante, las y los diputados integrantes de la LXI Legislatura, aprobaron por unanimidad la iniciativa de Ley presentada por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para que la violencia pueda ser considerada motivo de nulidad del matrimonio.


La iniciativa de ley presentada por la diputada Viridiana Fuentes Cruz, sienta las bases para que cualquiera de los contrayentes pueda solicitar la nulidad del matrimonio por violencia cuando se presente al celebrarse el matrimonio, o cuando sea persistente durante cualquier momento previo, además de que esta violencia se transfiera a parientes en línea recta, colaterales en segundo grado o a quien ejerza su tutela.


Viridiana Fuentes Cruz señaló que con la aprobación de la iniciativa, se reforma las fracciones II y III del artículo 4.70 y el artículo 4.71 del Código Civil del Estado de México, por lo que la nulidad del matrimonio por violencia, podrá deducirse sólo por parte del cónyuge agraviado dentro de un año, cese o no, con lo cual, en conjunto, se amplía la temporalidad y criterios de nulidad para iniciar el proceso de denuncia, pues actualmente la ley contemplaba únicamente 60 días.


Cabe mencionar que con la iniciativa aprobada para anular el matrimonio por violencia, el juez podrá dictar de forma oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar.




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