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Corte pone tope al pago de utilidades en México


Redacción El Monitor


Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron por unanimidad el proyecto en el que se establece el tope de las utilidades que recibirán los trabajadores.

 

El proyecto de sentencia que presentó el ministro Alberto Pérez Dayán, establece que el monto debe ser entregado, según le resulte más favorable al trabajador, como lo establecen el artículo 127, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo.

 

Lo anterior reforma el Decreto publicado el 23 de abril de 2021 que reguló la figura de la subcontratación laboral, y la Guía para Cumplir con las Obligaciones en Materia de Reparto de Utilidades, expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

 

La Segunda Sala de la SCJN declaró que es constitucional que el monto de la participación de utilidades tenga como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de las participaciones recibidas en los últimos tres años.

 

Las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa, y los ministros Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales, apoyaron el proyecto de Pérez Dayán.

 

La Sala señaló que en esta materia el Congreso de la Unión cuenta con facultades para legislar en materia de trabajo y emitir disposiciones concernientes al reparto de utilidades, como la que fue impugnada.

 

Y en cuanto al tope de tres meses de salario, se destacó que este límite no es absoluto, ya que admite la posibilidad de que se tome en cuenta el promedio de la cantidad entregada a la categoría, plaza, cargo, nivel o puesto del trabajador durante los últimos tres años.

 

Esto siempre favoreciendo la mejor opción para éste, sin que tampoco ello afecte de manera retroactiva los derechos de los trabajadores, pues la Constitución Federal no prevé un límite mínimo para tales efectos, de modo que esa variable siempre pueda ser modificada.

 

Respaldado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el reparto de utilidades en México es relevante para los trabajadores y las empresas. Es un aspecto importante de la legislación laboral que garantiza a los colaboradores una participación en las ganancias de donde trabajan.

 

Las utilidades deben repartirse a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio

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